2.1 Marco conceptual de la Contabilidad electrónica
2.1 Marco conceptual de la Contabilidad electrónica
Proporcionar a los participantes un entendimiento claro y profundo sobre la contabilidad electrónica, sus requisitos y especificaciones dentro del marco fiscal, permitiendo una adecuada implementación y gestión de sus registros contables digitales de acuerdo a las directrices establecidas por el SAT.
Contabilidad (Concepto NIF A-1):
“La contabilidad es una técnica que se utiliza para el registro de las operaciones que afectan económicamente a una entidad y que produce sistemática y estructuradamente información financiera. Las operaciones que afectan económicamente a una entidad incluyen transacciones, transformaciones internas y otros eventos.”
(Normas de Información Financiera) Contabilidad electrónica (Concepto SAT):
La contabilidad electrónica es el envío de archivos en formato .xml de las transacciones registradas en medios electrónicos que realiza una empresa o una persona y envía a través del Buzón Tributario.
(Portal del SAT)
Código Fiscal de la Federación
¿Cómo se integra la contabilidad?
Los libros, sistemas y registros contables, papeles de trabajo, estados de cuenta, cuentas especiales, libros y registros sociales, control de inventarios y método de valuación, discos y cintas o cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos, los equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal y sus respectivos registros, además de la documentación comprobatoria de los asientos respectivos, así como toda la documentación e información relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales, la que acredite sus ingresos y deducciones, y la que obliguen otras leyes; en el Reglamento de este Código se establecerá la documentación e información con la que se deberá dar cumplimiento a esta fracción, y los elementos adicionales que integran la contabilidad.
(Art. 28, fracción I, apartado A CFF y 33, apartado A RCFF)
•Código Fiscal de la Federación
•Qué características deben tener los asientos contables?
•Ser analíticos y efectuarse en el mes en que se realicen a más tardar en el mes siguiente al que se realice la operación.
•Integrarse en el libro diario en forma cronológica.
•Permitir la identificación de cada operación.
•Plasmarse en idioma español.
•Señalar fecha de realización forma y método de pago.
•Entre otras.
(Art. 28, fracción II CFF y 33, apartado B RCFF
Código Fiscal de la Federación
¿Qué obligaciones establece el CFF referente a la contabilidad?
•Llevar los registros contables en medios electrónicos.
•Ingresar de forma mensual su información contable a través de la página del SAT.
(Art. 28, fracciones III y IV CFF)
No hay comentarios por ahora.
Compartir este contenido
Compartir enlace
Compartir en redes sociales
Compartir por correo electrónico
Please iniciar sesión para compartir esto Artículo por correo electrónico.